El pasado 7 febrero se ha publicado la nueva norma que garantiza la asistencia sanitaria transfronteriza, con el objetivo de favorecer el acceso a una asistencia sanitaria de alta calidad, garantizando la movilidad de los pacientes y la cooperación entre los Estados Miembros de la Unión Europea, en materia sanitaria.

¿Esto supone que se va a terminar el denominado «turismo sanitario»?

En realidad lo que se hace es ordenar y regular la situación que se venía dando desde hace varios años, sin que tuviera un respaldo legal, que empezaba a generar algunas tensiones por los gastos provocados.

Con esta norma, los pacientes podrán acudir a un Estado Miembro distinto al suyo para recibir atención médica y luego solicitar el reembolso de los gastos en su país, es decir, que el pago de los servicios sanitarios prestados va por adelantado por parte del usuario. En el caso español, solamente serían reembolsables las prestaciones incluidas en la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud.

Con todo ello, según el Ministerio, se pretenden los siguientes objetivos:

  1. Asegurar el acceso a una asistencia sanitaria transfronteriza segura y de alta calidad.
  2. Garantizar la movilidad de los pacientes.
  3. Favorecer la cooperación sanitaria entre España y el resto de la UE.

mapa UEHasta ahora, para regular la asistencia de pacientes europeos en un Estado distinto al suyo se han aplicado aplicando los Reglamentos comunitarios del año 2004 y 2009, que garantizan la asistencia sanitaria de los ciudadanos europeos cuando se mueven por el espacio europeo, tanto en el caso de estancia temporal, con la Tarjeta Sanitaria Europea, como permanente. La facturación se realiza entre las instituciones competentes de los Estados.

Lo que la nueva normativa regula va mucho más allá ya que, por primera vez se contempla el supuesto de desplazamiento a otro Estado, con el propósito expreso de recibir asistencia sanitaria.

Por ejemplo, se contempla la posibilidad de que un ciudadano español, decida ser tratado por un traumatólogo en Francia de un problema de hombro, ya que entiende que es quien mejor puede abordar su patología. En este caso el paciente adelantaría el pago, que le será devuelto por la administración sanitaria competente, bien sea su Servicio de Salud autonómico, el INGESA o las Mutualidades de funcionarios.

Este gasto será reembolsable siempre y cuando esté incluido en las prestaciones del comunes del Sistema Nacional de Salud o bien, en las complementarias de la Comunidad Autónoma de residencia del paciente.

Quedan excluidos los cuidados de larga duración, los trasplantes de órganos y los programas de vacunación públicos.

Será necesario disponer de autorización previa a la Comunidad Autónoma, del INGESA o de la mutualidad de funcionarios en dos casos:

  • Cuando la atención implique hospitalización al menos una noche.
  • Cuando los tratamientos exijan tecnología o equipos muy especializados y de elevado coste.

Por otra parte, la norma aprobada modifica el Real Decreto 1718/2010 de la receta médica, para facilitar el reconocimiento de las recetas médicas expedidas en otro Estado. De este modo, los facultativos podrán expedir “recetas europeas” válidas en toda la Unión.

En ellas se prescribirá por principio activo en el caso de medicamentos, y el código de la parte superior derecha de la receta incluirá las siglas: «DAST”. Los usuarios que presenten estas recetas en una oficina de farmacia, deberán abonar el importe íntegro del medicamento o del producto sanitario prescrito.pnc_presentacion

Quién sabe pero, a lo mejor con esta nueva norma, lo que se ha hecho es abrir un gigantesco mercado de 400 millones de personas a nuestros servicios sanitarios, públicos y privados, para que sean utilizados por ciudadanos europeos aprovechando que su familia está pasando unos días disfrutando de las costas y demás encantos de nuestro país. Además se cuenta con la ventaja del pago por adelantado, algo muy cotizado en estos días para los proveedores sanitarios.

Y es que, al fin y al cabo, la sanidad también puede ser un negocio muy lucrativo…

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