El paso martes 26 de febrero de 2013 se ha publicado en el BOE Resolución de 18 de febrero de 2013, de la Dirección General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, por la que se procede a la actualización de la lista de medicamentos que quedan excluidos de la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud y se establece visado para los medicamentos que han sido excluidos de la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud pero permanecen financiados excepcionalmente para las indicaciones establecidas en función del grupo terapéutico al que pertenecen.

Se trata de una consecuencia lógica tras la publicación de la Resolución de agosto de 2012 donde se publicó el listado de fármacos “desfinanciados” (ver entrada del blog). En aquella lista, determinados fármacos permanecían excepcionalmente en la financiación pública cuando están destinados a pacientes con determinadas patologías.

Parece ser que el legislador ha visto un posible coladero en esta excepción y ha decidido aplicar la opción de someter a visado “a medicamentos para los que se financien únicamente algunas de sus indicaciones terapéuticas”, tal como se contempla en el real decreto 618/2007. cirfarma

Nos vienen a la memoria la cantidad de años que se han estado financiando medicamentos mucolíticos y expectorantes sin ningún tipo de restricción, cuando al menos desde el año 2003 (anexo II del real decreto 1348/2003), únicamente debían financiarse  las presentaciones en “monofármacos para utilización en EPOC y enfermedades asociadas”. Como ejemplo: ¿cuántas recetas de acetilcisteína, con cargo a fondos públicos salieron de las consultas de pediatría?. Eran otros tiempos y total… “así se evitaba la prescripción indiscriminada de antibióticos ante las presiones en la consulta” se justificaban algunos. Parecía no tener importancia que, a tenor de la cantidad de millones gastados en financiar mucolíticos y expectorantes, a nadie le sorprendiera la elevada prevalencia de EPOC y enfermedades asociadas que debíamos tener en España.

Ahora que alguien del Ministerio se ha percatado de ello, se aplica la normativa del visado, que para eso está. Nunca es tarde…

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