Nueva Ley de creación de la Agencia Estatal de Salud pública

Recientemente se ha publicado la Ley 7/2025 por la que se crea la Agencia Estatal de Salud Pública (AESAP) que después de varios intentos fallidos por fin ve la luz con la esperanza de sirva de impulso a la salud pública en nuestro país.

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El Impulso y la necesidad: las lecciones de la pandemia

La génesis de la AESAP no es reciente; la Ley General de Salud Pública de 2011 ya preveía la creación de un Centro Estatal de Salud Pública. Sin embargo, la pandemia de COVID-19, que irrumpió a principios de 2020, actuó como un catalizador crucial, evidenciando tanto las fortalezas de nuestro sistema público de salud como sus retos estructurales. La experiencia subrayó la necesidad imperante de anticipación, una respuesta rápida y coordinada, y la corrección de deficiencias, así como la capacidad de responder a desafíos emergentes como los demográficos, sociales, tecnológicos, ambientales o económicos.

Las conclusiones para la Reconstrucción Social y Económica del Congreso de los Diputados (2020) y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno español (Componente 18, Reforma 2) han impulsado decididamente esta creación, con el objetivo de dotar al Sistema Nacional de Salud (SNS) de un sistema más robusto, flexible y resiliente. La Comisión Europea y la Estrategia de Seguridad Nacional 2021 también han resaltado la necesidad de sistemas de vigilancia sólidos y una mejor preparación ante futuras crisis sanitarias.

Naturaleza y Objetivos de la AESAP

La AESAP se configura como una agencia estatal, una forma jurídica que le confiere personalidad jurídica propia, patrimonio y tesorería propios, y autonomía de gestión. Esta elección busca dotarla de la máxima independencia técnica, autonomía y flexibilidad, así como agilidad para adaptarse a los cambios y al avance científico y tecnológico, elementos cruciales para la protección de la salud ciudadana. Orgánicamente, se adscribe al Ministerio de Sanidad.

Su objetivo principal es reforzar las capacidades del Estado para mejorar la salud de la población, la equidad en salud y su bienestar, así como proteger a la población frente a riesgos y amenazas sanitarias, adoptando un enfoque generador de salud que potencie las capacidades y el empoderamiento de las personas y comunidades. Para ello, operará bajo los principios de “Una sola salud” y “Salud en todas las Políticas”, promoviendo un abordaje holístico y transdisciplinar de los problemas de salud y sus determinantes.

Funciones Clave de la AESAP: Un Enfoque Multidisciplinar

La AESAP desempeñará un rol central en diversas áreas, con una visión que integra conocimiento científico, colaboración interinstitucional y participación ciudadana:

  • Vigilancia en Salud Pública: Será responsable de la coordinación y evaluación de la Red Estatal de Vigilancia en Salud Pública. Esto incluye la identificación y evaluación del estado de salud de la población, el seguimiento y evaluación de riesgos, la detección precoz de amenazas, y la elaboración de un informe anual sobre el estado de salud y bienestar de la población española, a presentar a las Cortes Generales. También gestionará alertas supraterritoriales o las procedentes de organismos internacionales.
  • Preparación y Respuesta ante Emergencias de Salud Pública: Elaborará planes estatales de preparación y respuesta ante alertas y amenazas, contribuyendo a la resiliencia del SNS. Coordinará aspectos técnico-científicos de la reserva estratégica sanitaria estatal y establecerá mecanismos de coordinación e intercambio de información con el Sistema de Seguridad Nacional. El sector farmacéutico y de productos sanitarios colaborará en estas funciones.
  • Sanidad Ambiental: Identificará, monitorizará y evaluará los riesgos para la salud derivados de la exposición a agentes biológicos, químicos o físicos en el entorno. Realizará la evaluación del riesgo para la salud humana de biocidas y fitosanitarios, y vigilará los sistemas de alerta sanitaria ambiental. La ley también establece nuevas tasas para los servicios y actividades relacionadas con plaguicidas y biocidas.
  • Salud Pública Internacional: Actuará como punto de enlace con instituciones de la Unión Europea y otros organismos multilaterales internacionales. Promoverá el liderazgo de España en iniciativas internacionales de detección, vigilancia y evaluación de riesgos para la salud.
  • Información y Comunicación en Salud: Diseñará una estrategia comunicativa para informar a la población sobre riesgos y amenazas para la salud de forma ágil y accesible, combatiendo la desinformación y la propagación de información errónea y falsa, teniendo en cuenta las lenguas oficiales.
  • Asesoramiento y Evaluación: Brindará asesoramiento técnico y científico para la elaboración de planes de prevención, inmunización, control de enfermedades y promoción de la salud. Realizará el seguimiento y evaluación de la Estrategia Estatal de Salud Pública.
  • Investigación y Capacitación Profesional: Colaborará con centros de investigación y promoverá iniciativas para desarrollar una fuerza profesional en salud pública multidisciplinar y altamente cualificada, impulsando la investigación y la innovación en el campo.

Regímenes y Colaboración Esencial

Para el cumplimiento de sus fines, la AESAP cuenta con recursos económicos provenientes de los Presupuestos Generales del Estado, ingresos propios (incluyendo tasas por actividades específicas como las relacionadas con biocidas), donaciones y fondos comunitarios.

Un aspecto fundamental es la obligación de suministro de datos. Todas las administraciones públicas, instituciones, entidades del sector público y privado, y personas físicas o jurídicas, estarán obligadas a suministrar a la AESAP los datos necesarios para sus funciones, asegurando la interoperabilidad y el cumplimiento de la normativa de protección de datos (RGPD, etc.).

El personal de la AESAP estará compuesto por equipos multidisciplinares, seleccionados bajo principios de mérito y capacidad, buscando la idoneidad para cumplir sus fines.

Podemos concluir destacando que la creación de la AESAP representa un paso decisivo para fortalecer la salud pública en España, proporcionando una estructura centralizada y autónoma para la gestión integral de riesgos, la promoción de la salud y la preparación ante futuras crisis sanitarias, afianzando la sanidad pública como un pilar esencial del Estado del Bienestar.

Veremos si lo consigue.

Nuevo Estatuto para la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición

La Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN) ya tiene nuevo estatuto, tras la publicación del Real Decreto 697/2022, de 23 de agosto.

La historia reciente de este organismo autónomo (a pesar de seguir llevando en su nombre la palabra Agencia), la podemos fijar en 2014 con la fusión de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición con el entonces Instituto Nacional del Consumo. Con ello se creó un organismo cuyo acrónimo era AECOSAN (Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición), pensando que traería beneficios para ambos organismos autónomos, tanto desde el punto de vista material como en la gestión administrativa.

En 2018 el nuevo Gobierno entendió que la decisión no había sido acertada. Según nos indicaron, este tiempo sirvió para demostrar que la actuación conjunta de ambos organismos, por la disparidad de materias que habían de ser abordadas, no estaba dando los resultados esperados, siendo más efectivo desde un punto de vista organizativo y de gestión de las materias que le estaban atribuidas, proceder nuevamente a su separación: AESAN por un lado y las competencias de consumo a la Dirección General de Consumo.

A pesar de ello, se tomó otra decisión controvertida, como fue la adscripción orgánica al Ministerio de Consumo a través de la Secretaría General de Consumo y Juego. Esto no se entiende si no es para dar algo más de contenido a este ministerio que, en nuestra opinión, tiene un contenido más bien escaso.

Para terminar de explicar lo inexplicable, la AESAN acaba dependiendo funcionalmente del Ministerio de Consumo, del Ministerio de Sanidad y del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, siendo necesaria la publicación del Real Decreto 44/2021, de 26 de enero, por el que se crea la Comisión de Coordinación entre el Ministerio de Consumo, el Ministerio de Sanidad y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en relación con la AESAN.

Pero si nos centramos en lo que propone el nuevo estatuto de la AESAN, refuerza su estructura dotándola de los medios necesarios para afrontar desafíos tales como las crisis de seguridad alimentaria que pudieran sucederse, las consecuencias que el cambio climático está teniendo en nuestra alimentación o el aumento de la obesidad, que en nuestro país ya es un problema de salud pública de primer orden.

A este respecto, se refuerza la estructura del organismo autónomo creando una nueva Subdirección General de Nutrición, que surge del trabajo desempeñado y los recursos de la Vocalía asesora para la Estrategia NAOS, con el fin de promover una alimentación segura, saludable y sostenible para todas las personas. Asimismo, se modifica la adscripción de los Laboratorios dependientes de AESAN (Centro Nacional de Alimentación y Laboratorio de Biotoxinas Marinas) a la Subdirección encargada del control oficial y alertas, para reforzar sus funciones.

El nuevo estatuto procede al cambio de denominación del anterior Consejo de Dirección que pasa a llamarse Consejo Rector, alineando así a la AESAN con la denominación del resto de máximos órganos rectores de los organismos públicos establecida en la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.

Se modifica también su composición formada exclusivamente por representantes de la Administración General del Estado a quien en entre otras funciones, corresponderá establecer las líneas generales de actuación de la AESAN. También se refuerza el papel de Consejo Consultivo, como órgano de asesoramiento que canaliza la participación de la sociedad en asuntos relacionados con la seguridad alimentaria y la nutrición, ampliando sus funciones y el número de reuniones anuales.

Bienvenidos sean estos cambios, para los que el tiempo dirá si cumplen con su objetivo o bien, se vuelve a hacer necesaria su refundición con otra entidad pública que se ponga a tiro, según el criterio de alguna mente privilegiada.