El pasado 28 de abril de 2014, se ha aprobado el Real Decreto 271/2014, de 11 de abril, por el que se aprueba la Norma de Calidad para el yogur o yoghourt. Quizá lo más relevante es que se ha eliminando la limitación de fecha de caducidad que estaba establecida en un máximo de 28 días desde la fecha de fabricación del producto, aunque ya fue derogada de manera indirecta en marzo de 2013.

De acuerdo con la normativa comunitaria relativa a higiene de los alimentos, son las industrias alimentarias quienes determinan el tipo de fecha apropiada a cada producto, con lo que podremos encontrar bajo la denominación de yogur, productos cuya tecnología de fabricación, permita una fecha de consumo preferente de 3 meses por ejemplo.
La nueva norma actualiza y simplifica la legislación vigente para adaptarla a la evolución del mercado y al marco normativo comunitario, garantizando la calidad y transparencia de la información a lo largo de la cadena alimentaria.

yogur
yogur

Además de ello, la nueva norma adecua su contenido a la nueva realidad del mercado, eliminando restricciones que pueden situar a los productores españoles en una situación de desventaja. Para ello se permite, al igual que en otros países de la Unión Europea, la utilización en su composición de un ingrediente lácteo como la nata, necesario para la elaboración de los yogures cremosos, ya presentes en el mercado. De esa forma se garantiza la competencia leal entre las industrias, la mejora de la competitividad del sector y se dota de las mismas condiciones a todos los productores en el marco de la Unión Europea.

En esa línea, la nueva norma, que contempla seis tipos de denominaciones de yogures:

  • “natural”,
  • “natural azucarado”,
  • “edulcorado”,
  • “con fruta, zumos y otros alimentos”,
  • “aromatizado”
  • “pasterizado después de la fermentación”

La norma regula también las materias primas que se incluyen en las diferentes variedades como aromas, frutas, hortalizas, compotas, zumos, miel, frutos secos y otros alimentos. También establece los detalles de composición que deben reflejarse en el etiquetado.

Poco a poco, se van actualizando normas alimentarias que se habían quedado obsoletas y al margen del tipo de mercado existente en la actualidad.

[wysija_form id=»1″]

Entradas recomendadas