La UE quiere reforzar la salud y seguridad en toda la cadena agroalimentaria.

La Unión Europea ha aprobado un paquete de medidas para reforzar la salud y seguridad en toda la cadena agroalimentaria. La compleja legislación actual, compuesta por cerca de 80 actos legislativos, quedaría reducida a 5 actos legislativos en las siguientes áreas:

  1. sanidad animal,
  2. sanidad vegetal,
  3. materiales de reproducción vegetal
  4. controles oficiales
  5. el último apartado regularía la financiación de acciones destinadas a garantizar la salud de personas, animales y plantas en la cadena agroalimentaria.

EFSA Cabe destacar que en materia de control oficial los siguientes aspectos que se modificarán:

  • permite la adopción de requisitos de controles oficiales ajustados a las necesidades de sectores específicos (por ejemplo, inspección de la carne, control de productos ecológicos, control del bienestar animal,…)
  • aumenta la transparencia de las actividades de los controles realizados por autoridades nacionales y les permite, bajo ciertas condiciones, publicar información sobre los resultados de los controles a operadores individuales y establecer sistemas de calificación, mediante los cuales los consumidores pueden consultar los datos sobre estos operadores.
  • crea un marco común para la realización de controles de las importaciones transfronterizas de animales y bienes que entran en la UE.
  • fortalece los mecanismos de asistencia administrativa y la cooperación entre Estados Miembros en caso de infracciones transfronterizas de las reglas de la cadena agroalimentaria.
  • elimina ineficiencias en el sistema de controles oficiales de los residuos de medicamentos veterinarios en animales y productos de origen animal.

Se pedirá a los Estados Miembros que integren controles antifraude en sus planes nacionales de control y que establezcan sanciones económicas realmente disuasorias para casos de incumplimiento.

La nueva normativa empezará a implementarse a partir de 2016.

Para más información se puede ver el paquete de medidas en el siguiente enlace

Se actualiza la normativa alimentaria española

El pasado 29 de marzo de publicó el Real Decreto 176/2013, de 8 de marzo, por el que se derogan total o parcialmente determinadas reglamentaciones técnico-sanitarias y normas de calidad referidas a productos alimenticios.boe

Con esta norma, que llega con un poco de retraso, se pretende adaptar la normativa alimentaria española a las disposiciones comunitarias en materia de alimentos, el conocido como “paquete de seguridad alimentaria”, que comprende cerca de 20 reglamentos comunitarios en vigor desde 2006 mayoritariamente, del cual cabe destacar los dos siguientes:

–         Reglamento (CE) n.º 178/2002 del Parlamento Europeo  y del Consejo, de 28 de enero de 2002, por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria.

–         Reglamento (CE) n.º 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios.

Estas normas revolucionaron la seguridad alimentaria adoptando un sistema preventivo de riegos, capaz de anticiparse a los problemas de seguridad que puedan surgir, como es el APPCC (Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control), a la vez que se instauraron los principios generales de seguridad alimentaria, incluyendo el principio de trazabilidad “de la granja a la mesa”, entre otras grandes medidas.

Esta normativa ha dado un mayor protagonismo al autocontrol de la industria alimentaria, dejando el papel de la autoridad sanitaria para la vigilancia sanitaria y de gestión de las crisis alimentarias.

Por este motivo, es de recibo dar la bienvenida a una norma que pone en orden las reglamentaciones técnico sanitarias nacionales de diversos alimentos, como las galletas, aceitunas de mesa, bebidas espirituosas, jamos cocido, nata, infusiones… casi todas con más de 30 años de antigüedad (la norma de calidad del hielo es de 1964…).

Podemos decir que ya tenemos nuestra normativa alineada con las disposiciones comunitarias, aunque en caso de duda, ya era aplicable la normativa comunitaria. En nuestro caso, más que duda era contradicción, ya que el paquete de higiene promueve que sea el operador el que decida cómo tienen que estar diseñadas sus instalaciones de producción para hacer alimentos seguros, frente a normas obsoletas que se encontraban fundamental que el alicatado de la pared no superase 1,5 metros, por ejemplo.

 En cualquier caso, el sistema está lejos de la perfección, como nos demuestran esporádicamente ciertos escándalos. El último, el de la carne de caballo en hamburguesas teóricamente de vacuno. Cualquier justificación que se ha dado solo empeora el asunto, sabiendo que la información se ha destapado a través de análisis privados promovidos por asociaciones de consumidores.

¿Qué autocontrol se ha hecho incapaz de detectar esto? ¿Qué tipo de autocontrol permite contaminación cruzada entre especies sin detectarlo? ¿Para qué sirve un certificado en la ISO 22000?, ¿Es mejor saber la respuesta?…